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Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían el carácter privado de las sesiones judiciales y mecanismos de evaluación contrarios al modelo federal. En el caso de Durango, el Pleno de la Corte determinó que es inconstitucional que las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia tengan como regla general el ser privadas, garantizando con ello el principio de publicidad.

Respecto a Nayarit, la SCJN declaró la invalidez del mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, al considerar que dicho esquema contraviene el modelo federal establecido para la selección de operadores de justicia. Además, en esta resolución se reconoció una omisión por parte del Congreso de Nayarit, toda vez que no incorporó en su legislación los criterios de insaculación y paridad de género requeridos para los procesos de designación.

Las resoluciones forman parte de las acciones de inconstitucionalidad promovidas para defender la supremacía constitucional frente a normas estatales que modifican la estructura y transparencia del poder judicial. En Durango, además de la cuestión sobre las sesiones privadas, se invalidaron otras disposiciones relacionadas con la duración de mandatos, aunque los detalles específicos de la votación final no han sido difundidos completamente en los reportes iniciales.

Estas decisiones de la Corte buscan alinear las legislaciones locales con los estándares nacionales de transparencia y evaluación judicial, eliminando barreras que opacaban el funcionamiento de los tribunales superiores o centralizaban indebidamente los procesos de selección de jueces. La invalidez de estas normas implica que los congresos estatales deberán ajustar sus marcos jurídicos para retomar los procedimientos constitucionales vigentes.

La resolución de la SCJN marca un precedente sobre la obligación de los estados de mantener la publicidad en sus actos judiciales y seguir los lineamientos federales en materia de evaluación, reafirmando el control de constitucionalidad como herramienta para preservar la integridad del sistema de justicia mexicano.

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