Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la constitucionalidad de los artículos de la Ley Minera que reservan al Estado la exploración, explotación y aprovechamiento del litio en México. La resolución, emitida este martes 24 de marzo, desechó la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por senadores de oposición, confirmando así el marco legal que prohíbe las concesiones a particulares para este recurso estratégico.
El Pleno de la Corte actuó por unanimidad en la votación final. La ministra Sara Irene Herrerías Guerra fungió como ponente del proyecto de sentencia, el cual analizó la validez de los artículos 1, 5 bis y 10 de la reforma a la Ley Minera. Los magistrados determinaron que las disposiciones impugnadas se ajustan a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La resolución judicial avala explícitamente la prohibición de otorgar concesiones a privados para la cadena productiva del litio. Asimismo, confirma la facultad del Ejecutivo para declarar zonas de reserva minera aquellos yacimientos donde se encuentre este mineral, blindando su gestión bajo control gubernamental.
Como parte de los efectos de esta decisión, se mantiene vigente la previsión legal para la creación de un organismo público descentralizado encargado de la gestión del litio. Este ente será el responsable de operar la exploración y explotación del recurso en nombre de la nación, sin participación de capital privado en estas etapas.
Con este fallo, la SCJN pone fin a la controversia jurídica iniciada en 2022 por legisladores opositores que cuestionaban la reserva estatal del mineral. La validación de estos artículos consolida el modelo de administración pública del litio en México, estableciendo las bases jurídicas definitivas para el desarrollo de proyectos relacionados con este insumo clave para la transición energética.