Por: Mauricio Palomares G.
El derecho a la ciudad abarca una amplia gama de derechos humanos fundamentales, incluidos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales. Estos derechos son esenciales para asegurar que todas las personas disfruten de un nivel de vida adecuado y tengan las condiciones necesarias para su desarrollo integral. En este sentido, el derecho a la ciudad está intrínsecamente ligado a tres derechos esenciales: el derecho a la vivienda, el derecho al agua y el derecho a un medio ambiente sano.
Derecho a la Vivienda
La Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocen el derecho a la vivienda como un componente fundamental del derecho a un nivel de vida adecuado e indispensable para el disfrute de otros derechos. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su Observación General número 4, enfatiza que el derecho a la vivienda no debe interpretarse de manera restrictiva como el simple hecho de tener un techo, sino como el derecho a “vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte” (ONU, 2004: 2). Este concepto abarca diversos factores sociales, económicos, culturales y ecológicos, tales como la seguridad jurídica de la tenencia, la disponibilidad de servicios e infraestructura, la habitabilidad, la asequibilidad y la adecuación cultural.
El Consejo de Derechos Humanos, a través del Informe del Relator Especial sobre la vivienda adecuada, define este derecho como “el derecho de todo hombre, mujer, joven y niño a tener un hogar o una comunidad seguros en que puedan vivir en paz y dignidad” (ONU, 2008: 5). Este informe también identifica elementos clave para evaluar el ejercicio del derecho a una vivienda adecuada, incluyendo la seguridad de la tenencia, la disponibilidad de bienes y servicios públicos y ambientales, la asequibilidad, la habitabilidad, la accesibilidad física, la ubicación, la adecuación cultural y la garantía frente a la expoliación.
En el ámbito nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4º el derecho a la vivienda digna y decorosa. Sin embargo, es crucial que este derecho se amplíe para incluir a todas las personas, no solo a las familias, y se conciba como el derecho a vivir con seguridad, paz, intimidad y en condiciones mínimas de salubridad, alineándose así con los estándares internacionales.
Derecho al Agua
El derecho al agua está estrechamente vinculado al derecho a la vivienda y al derecho a la ciudad en general. Este derecho implica que todas las personas deben tener acceso a agua potable segura, asequible y suficiente para sus necesidades diarias. La falta de acceso a agua potable afecta desproporcionadamente a los grupos vulnerables y marginados, exacerbando las desigualdades y limitando el disfrute de otros derechos humanos. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible aborda este desafío en su Objetivo 6, que busca garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos.
Derecho a un Medio Ambiente Sano
El derecho a un medio ambiente sano es otro pilar fundamental del derecho a la ciudad. Este derecho implica la protección de los recursos naturales y la adopción de políticas que promuevan la sostenibilidad ambiental. Un medio ambiente sano es esencial para la salud y el bienestar de los habitantes urbanos, y su protección está directamente relacionada con la reducción de la contaminación, la gestión adecuada de los desechos y la preservación de áreas verdes y espacios públicos. La Agenda 2030 también subraya la importancia de este derecho en su Objetivo 11, que busca reducir el impacto ambiental negativo de las ciudades y proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros.
Interdependencia de los Derechos
Estos tres derechos —vivienda, agua y medio ambiente sano— son interdependientes y se refuerzan mutuamente dentro del marco del derecho a la ciudad. La garantía de una vivienda adecuada incluye el acceso a agua potable y un entorno saludable, mientras que la protección del medio ambiente contribuye a la habitabilidad y la calidad de vida en las ciudades. Asimismo, el acceso a agua potable y saneamiento es fundamental para asegurar condiciones de vida dignas en los asentamientos urbanos.
Para que estos derechos se realicen plenamente, es necesario un enfoque integrado y coherente que combine políticas urbanas inclusivas, participación ciudadana y una sólida protección jurídica. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible proporciona un marco global para alcanzar estos objetivos, promoviendo ciudades inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles. La implementación efectiva de estos derechos no solo mejorará la calidad de vida de los habitantes urbanos, sino que también contribuirá a la creación de comunidades más equitativas y sostenibles.
En resumen, el derecho a la ciudad es un concepto holístico que engloba múltiples dimensiones del bienestar humano. La realización de este derecho depende de la protección y promoción de derechos fundamentales como la vivienda, el agua y el medio ambiente sano. Al trabajar juntos para alcanzar estos objetivos, podemos construir ciudades que verdaderamente sirvan a todos sus habitantes, promoviendo la justicia social, la sostenibilidad y el respeto por los derechos humanos.