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El Servicio de Administración Tributaria permite deducir ciertos gastos relacionados con la educación de los hijos.

Por Luis Martínez Alcántara 

 

CIUDAD DE MÉXICO.- Con el regreso a clases, muchos padres se preguntan cuáles gastos escolares pueden deducir de impuestos ante el SAT. El Servicio de Administración Tributaria permite deducir ciertos gastos relacionados con la educación de los hijos, pero es importante conocer cuáles aplican y bajo qué condiciones.

Aquí te lo explicamos brevemente.

Los pagos realizados por conceptos de inscripción y colegiaturas en instituciones educativas privadas para niveles educativos desde preescolar hasta nivel superior pueden ser deducibles, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. La deducción aplicable depende del nivel educativo y está sujeta a un límite anual, que es el siguiente:

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Sin embargo, las cuotas de inscripción o reinscripción no son deducibles.

El transporte escolar también es deducible, pero solo si es obligatorio según la institución educativa. Además, la compra de lentes ópticos graduados para corregir problemas visuales se incluye en los gastos deducibles.

Todos estos pagos deben realizarse por medios electrónicos para ser considerados en la declaración anual.

Para aprovechar estas deducciones, es esencial contar con los comprobantes de pago correctos y asegurarse de que los pagos se realicen mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo. Los pagos en efectivo no son aceptados por el SAT para deducción de impuestos.

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